Explica de forma sencilla y clara
los conceptos y cuestiones siguientes:
1. Estado, Nación, Estado
de Derecho y Estado de Bienestar.
2. Derechos humanos:
noción, origen y por qué se caracterizan.
3. Ciudadanía y modelos
de ciudadanía.
Cita las referencias
bibliográficas.
1. Estado: Conjunto de los órganos políticos y de los gobernantes, en contraposición
a los gobernados.
Desde un punto
de vista sociológico, es una especie particular de sociedad política que resulta de la
fijación en un determinado territorio de una colectividad humana relativamente
homogénea regida por un poder institucionalizado que tiene el monopolio de la
sujeción organizada.
Nación: Organización política de población homogénea que comparte cultura, lengua, con un
gobierno que sirve a los intereses de esta.
Estado de derecho: Está formado por 2 componentes; el
Estado (como forma de organización política) y el Derecho (como conjunto de las
normas que rigen el funcionamiento de una sociedad) por lo tanto el poder del
Estado se encuentra limitado por el derecho.
Estado de bienestar: El conjunto de actividades desarrolladas
por los gobiernos que guardan relación con la búsqueda de finalidades sociales y redistributivas a
través de los presupuestos del estado. Son actividades desarrolladas por la
Seguridad Social como transferencias en dinero, cuidados sanitarios, servicio
de educación y provisión de vivienda, alimentación y otros servicios
asistenciales.
2. Derechos Humanos:
El 24 de octubre de 1945, a raíz de la
Segunda Guerra Mundial, las Naciones Unidas nació como una organización
intergubernamental con el propósito de salvar a las generaciones futuras de la
devastación de conflictos internacionales.
Es el documento más universal en
existencia, que describe los treinta derechos fundamentales que constituyen la
base para una sociedad democrática. Bajo
la presidencia de Eleanor Roosevelt se encargó la creación de la Declaración
Universal de los Derechos Humanos.
Es el reconocimiento de la dignidad
intrínseca y de los derechos universales e inalienables de todos los miembros
de la familia humana como son la libertad, la justicia y la paz.
3. Ciudadanía y modelos de ciudadanía:
Se denomina ciudadanía a la pertenencia
a una determinada comunidad política.
El modelo liberal de
ciudadanía: Parte
en un primer momento de la propuesta que T. H. Marshall (1998), quien explica
en esta obra el aumento de derechos asociados al estatus de ciudadano y cómo este estatus
fue paulatinamente extendiéndose a todas las esferas de la sociedad inglesa.
La ciudadanía
republicana: Es
comprendida más como un modelo procedimentalista, es decir, un modelo que parte
también del pensamiento ético formal del filósofo Emanuel Kant (Ferrater, 1999), pero que lo transforma sustituyendo
la razón práctica y solipsista kantiana por una razón de tipo intersubjetiva y
en constante diálogo con las demás, es decir una alteridad
El modelo de ciudadanía más conocido como comunitario surge en los años ochenta como respuesta crítica a la teoría liberal de la justicia de John Rawls. Es un movimiento que, a diferencia de los dos anteriores, reivindica políticamente el concepto de comunidad y la idea de bien sobre la idea de lo justo.
Concepciones liberalistas y comunitarias: Los liberales (individualistas) plantean que la comunidad se constituye a partir de la cooperación para la obtención de ventajas mutuas, y que el individuo tiene la capacidad de actuar libremente.
Los comunitaristas sostienen que los vínculos sociales determinan a las personas, y que la única forma de entender la conducta humana es referirla a sus contextos sociales, culturales e históricos.
El modelo de ciudadanía más conocido como comunitario surge en los años ochenta como respuesta crítica a la teoría liberal de la justicia de John Rawls. Es un movimiento que, a diferencia de los dos anteriores, reivindica políticamente el concepto de comunidad y la idea de bien sobre la idea de lo justo.
Concepciones liberalistas y comunitarias: Los liberales (individualistas) plantean que la comunidad se constituye a partir de la cooperación para la obtención de ventajas mutuas, y que el individuo tiene la capacidad de actuar libremente.
Los comunitaristas sostienen que los vínculos sociales determinan a las personas, y que la única forma de entender la conducta humana es referirla a sus contextos sociales, culturales e históricos.
Ciudadanía
Multicultural: Es necesario valorar la diversidad cultural, darle voz
a las minorías, y a los grupos étnicos para que puedan expresar sus
necesidades, intereses y aspiraciones. Según Kymlicka resulta imprescindible
que las minorías dispongan de procedimientos justos para que se escuche su voz en los procesos políticos, sociales y económicos.
Referencias
bibliográficas:
-González, C. Los orígenes del Estado Nación.
-Fernández Sánchez, P.
Estado de bienestar.
-Marshall, T. S. (1998). Ciudadanía y clase social.
Reedición por Tom Bottomore. Madrid: Alianza.
-
Kimlicka, Will. (2002). Ciudadanía multicultural. Barcelona: Paidós.
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